Condiciones generales
Tabla de contenidos:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El acuerdo
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el periodo de desistimiento
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
Artículo 9 - Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Duración de las transacciones: duración, rescisión y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamación
Artículo 17 - Litigios
Artículo 18 - Garantía de la sucursal
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o diferentes
En las presentes condiciones, se aplicarán las siguientes definiciones:
1. Contrato accesorio: contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia y estos artículos, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el comerciante o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el comerciante;
2. Plazo de desistimiento: el plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y entregados en forma digital;
6. Contrato continuo: contrato para el suministro regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un periodo de tiempo definido;
7. Soporte duradero de datos: cualquier dispositivo -incluido el correo electrónico- que permita al consumidor o empresario almacenar información dirigida a él personalmente de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un período de tiempo adecuado a la finalidad a la que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
9. Comerciante: la persona física o jurídica que es miembro de Thuiswinkel.org y ofrece productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios a consumidores a distancia;
10. Contrato a distancia: contrato celebrado entre el comerciante y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se hace uso exclusivo o conjunto de una o varias técnicas de comunicación a distancia.
11. Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de formulario de desistimiento incluido en el Anexo I de las presentes condiciones generales; el Anexo I no tiene que estar disponible si el consumidor no dispone de un derecho de desistimiento con respecto a su pedido;
12. 12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para concluir un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que estar juntos en la misma habitación al mismo tiempo.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Nombre del empresario: Jaggs Alarm B.V.
Actuando bajo el/los nombre(s):
- Jaggs Alarm B.V.
Dirección comercial:
Markerkant 1310
1314 AN Almere
Países Bajos
Artículo 3 - Aplicabilidad
1. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.
2. 2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, de qué forma pueden consultarse las condiciones generales en los locales del empresario y que se enviarán gratuitamente al consumidor lo antes posible a petición de éste.
3. 3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que éste pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán por vía electrónica o de otra forma gratuita a petición del consumidor.
4. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, se apliquen condiciones específicas relativas al producto o al servicio, los párrafos segundo y tercero se aplicarán mutatis mutandis y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le sea más favorable.
Artículo 4 - La oferta
1. En caso de que una oferta tenga un periodo de validez limitado o esté sujeta a condiciones, deberá indicarse explícitamente en la oferta.
2. 2. La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para permitir una evaluación adecuada de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son una representación veraz de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores manifiestos o evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
3. Cada oferta contiene tal información que queda claro para el consumidor qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta.
Artículo 5 - El acuerdo
1. A reserva de lo dispuesto en el apartado 4, el acuerdo se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones estipuladas.
2. 2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras la recepción de esta aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá disolver el acuerdo.
3. Si el acuerdo se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
4. El empresario podrá -dentro del marco legal- informarse de si el consumidor puede hacer frente a sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una conclusión responsable del acuerdo a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el acuerdo, tendrá derecho a rechazar un pedido o solicitud o a imponer condiciones especiales para su ejecución, indicando los motivos.
5. El empresario deberá, a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, enviar al consumidor la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:
a. la dirección del establecimiento del empresario al que puede dirigirse el consumidor para presentar reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede hacer uso del derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
c. la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes
d. el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia
e. los requisitos para rescindir el contrato si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
6. En caso de una operación de duración determinada, la disposición del apartado anterior sólo se aplica a la primera entrega.
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
En el caso de productos
1. El consumidor puede rescindir un acuerdo relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de 14 días sin indicar los motivos. El comerciante podrá preguntar al consumidor sobre el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a dar su(s) razón(es).
2. El periodo de desistimiento a que se refiere el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
a. si el consumidor ha encargado varios productos en el mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El comerciante podrá, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con plazos de entrega diferentes.
b. si la entrega de un producto consta de diferentes envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero por él indicado, haya recibido el último envío o parte;
c. en caso de acuerdos de entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero por él designado, haya recibido el primer producto.
En el caso de servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte tangible:
3. El consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenidos digitales no suministrados en un soporte material durante 14 días sin alegar motivo alguno. El comerciante podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a exponer sus motivos.
4. El periodo de reflexión a que se refiere el apartado 3 comienza al día siguiente de la celebración del contrato.
Ampliación del periodo de reflexión para productos, servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte material en caso de que no se informe sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el periodo de reflexión expirará 12 meses después de que finalice el periodo de reflexión original determinado de conformidad con los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado al consumidor la información mencionada en el apartado anterior en los doce meses siguientes a la fecha efectiva del periodo de reflexión inicial, el periodo de reflexión expirará catorce días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y su embalaje con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio básico aquí es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacer en una tienda.
2. El consumidor sólo es responsable de la depreciación del producto resultante de una forma de manipularlo que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
3. 3. El consumidor no será responsable de la depreciación del producto si el comerciante no le ha facilitado toda la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de celebrar el contrato.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
1. En caso de que el consumidor ejerza su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al empresario dentro del plazo de desistimiento mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.
2. 2. Tan pronto como sea posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. En cualquier caso, el consumidor habrá respetado el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el periodo de reflexión.
3. El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje original, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba del correcto y oportuno ejercicio del derecho de desistimiento recaen sobre el consumidor.
5. El consumidor correrá con los gastos directos de devolución del producto. Si el comerciante no ha indicado que el consumidor debe asumir estos costes o si el comerciante indica que el consumidor debe asumir los costes por sí mismo, el consumidor no tendrá que asumir los costes de devolución.
6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no preparado para la venta en un volumen limitado o en una cantidad determinada comience durante el periodo de desistimiento, el consumidor deberá al empresario un importe proporcional a la parte del compromiso cumplido por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento íntegro del compromiso.
7. El consumidor no soportará ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad no preparados para la venta en un volumen o cantidad limitados, o por el suministro de calefacción urbana, si
a. el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o del suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de desistimiento.
8. El consumidor no asumirá ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no suministrados en un soporte material si
a. no ha consentido expresamente, antes de su entrega, el inicio de la ejecución del contrato antes de que finalice el periodo de reflexión;
b. no ha reconocido haber perdido su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
c. el comerciante no ha confirmado esta declaración del consumidor.
9. 9. Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales quedarán disueltos de pleno derecho.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. En caso de que el empresario permita al consumidor notificar su desistimiento por vía electrónica, deberá enviar sin demora un acuse de recibo de dicha notificación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos del consumidor, incluidos los gastos de entrega cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, podrá esperar con el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra antes.
3. Para el reembolso, el empresario utilizará el mismo medio de pago que haya utilizado el consumidor, salvo que éste acepte otro. El reembolso es gratuito para el consumidor.
4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el empresario no tiene que reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El comerciante puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero sólo si lo ha indicado claramente al hacer la oferta o, al menos, con tiempo suficiente antes de celebrar el contrato:
1. Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia y que puedan producirse dentro del periodo de desistimiento.
2.Productos que hayan sido adquiridos especialmente para el cliente y que no se encuentren en nuestra página web.
3. Acuerdos celebrados durante una subasta pública. Una subasta pública significa un método de venta por el cual los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está personalmente presente o se le da la oportunidad de estar personalmente presente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y por el cual el adjudicatario está obligado a comprar los productos, contenidos digitales y/o servicios;
4. 4. Contratos de servicios, tras la plena ejecución del servicio, pero sólo si
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;
5. Los viajes combinados a que se refiere el artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y los contratos de transporte de pasajeros;
6. En el caso de una compra empresarial, no se aplica el derecho de devolución;
7. Acuerdos de servicios para la provisión de alojamiento, si el acuerdo prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos y que no sean para fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de coches y restauración;
8. Contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o un período de ejecución específicos;
9. Productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona determinada;
10. Productos que se estropean rápidamente o que tienen una vida útil limitada;
11. Productos precintados que no sean aptos para su devolución por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
12. 12. Productos que, por su naturaleza, se mezclan irremediablemente con otros productos después de la entrega;
13. Bebidas alcohólicas cuyo precio se acordó al celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
14. Grabaciones de audio, vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
15. Periódicos, revistas o diarios, con excepción de las suscripciones a los mismos;
16. La entrega de contenidos digitales que no sean en soporte material, pero sólo si
a. la prestación ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 - El precio
1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofertados no podrán ser incrementados, salvo las modificaciones de precio debidas a cambios en los tipos de IVA.
2. Contrariamente a lo dispuesto en el apartado anterior, el Empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero que escapen al control del Empresario, con precios variables. Este vínculo con las fluctuaciones y el hecho de que los precios mencionados son precios objetivo se mencionarán en la oferta.
3. Los aumentos de precios dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato sólo están permitidos si son consecuencia de normas o disposiciones legales.
4. Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo están permitidos si el empresario los ha estipulado y:
a. son el resultado de normativas o estipulaciones legales; o
b. el consumidor está autorizado a rescindir el contrato el día en que entra en vigor el aumento de precio.
5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o reglamentos gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos legales y reclamaciones que el consumidor puede hacer valer contra el empresario sobre la base del acuerdo si el empresario ha incumplido su parte del acuerdo.
3. Por garantía adicional se entiende cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor por el que concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que está legalmente obligado a hacer en caso de que haya incumplido su parte del acuerdo.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
1. El empresario pondrá la máxima diligencia en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la valoración de las solicitudes de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. 3. Respetando lo estipulado en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la rapidez conveniente, pero a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede realizarse o sólo puede realizarse parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de la realización del pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin gastos y derecho a posibles daños y perjuicios.
4. Tras la disolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe que el consumidor haya abonado.
5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y puesto en conocimiento del empresario, salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 14 - Duración de las transacciones: duración, rescisión y prórroga
Rescisión:
1. El consumidor podrá resolver en cualquier momento un contrato de duración indefinida, que se extienda a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de resolución aplicables y a un plazo máximo de preaviso de un mes.
2. El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato de duración determinada, que se haya celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, al final de la duración determinada, de conformidad con las normas de rescisión aplicables y un plazo de preaviso que no exceda de un mes.
3. Los consumidores podrán rescindir los contratos a que se refieren los apartados anteriores
a. rescindirse en cualquier momento y no estar limitados a la rescisión en un momento o periodo determinados;
b. terminar al menos de la misma forma en que fueron celebrados por él;
c. terminar siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Renovación:
4. Un acuerdo celebrado por tiempo definido y que se extienda al suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período definido.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales podrá renovarse tácitamente por un plazo determinado no superior a tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato renovado hacia el final de la renovación con un preaviso no superior a un mes.
6. Un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos o servicios sólo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes. El plazo de preaviso no podrá exceder de tres meses en caso de que el contrato se extienda al suministro regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales.
7. Un contrato de duración limitada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales a modo de introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se continúa tácitamente y finaliza automáticamente tras el período de prueba o introductorio.
Duración:
8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, al cabo de un año el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes, a menos que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.
Artículo 15 - Pago
1. Salvo que se estipule lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del periodo de reflexión o, a falta de periodo de reflexión, en un plazo de 14 días a partir de la celebración del contrato. En el caso de un acuerdo de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a la recepción por el consumidor de la confirmación del acuerdo.
2. En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca pueden exigir que el consumidor pague más del 50% por adelantado. Cuando se haya estipulado el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o del servicio o servicios en cuestión antes de que se haya efectuado el pago por adelantado estipulado.
3. El consumidor tiene el deber de comunicar inmediatamente al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o mencionados.
4. Si el consumidor no cumple puntualmente con su(s) obligación(es) de pago, el consumidor, después de haber sido informado por el empresario del retraso en el pago y de que el empresario haya concedido al consumidor un plazo de 14 días para seguir cumpliendo con sus obligaciones de pago, tras el impago dentro de este plazo de 14 días, deberá abonar los intereses legales sobre el importe adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los costes de cobro extrajudiciales realizados por él. Estos gastos de cobro ascienden a un máximo de: 15% sobre las cantidades pendientes de pago hasta 2.500 euros; 10% sobre los siguientes 2.500 euros y 5% sobre los siguientes 5.000 euros, con un mínimo de 40 euros. El propietario podrá desviarse de dichos importes y porcentajes en beneficio del consumidor.
Artículo 16 - Procedimiento de reclamación
1. El empresario dispondrá de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramitará la reclamación de conformidad con dicho procedimiento de reclamación.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario en un plazo razonable desde que el consumidor haya descubierto los defectos, descritos de forma completa y clara.
3. 3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
4. Una reclamación sobre un producto, un servicio o el servicio del comerciante también puede presentarse a través de un formulario de reclamaciones en la página del consumidor del sitio web Thuiswinkel.org www.thuiswinkel.org. La reclamación se enviará entonces tanto al comerciante en cuestión como a Thuiswinkel.org.
5. El consumidor debe dar al comerciante un plazo mínimo de cuatro semanas para resolver la reclamación de mutuo acuerdo. Transcurrido este plazo, surge un litigio que está sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
Artículo 17 - Litigios
1. En los acuerdos entre el empresario y el consumidor a los que se apliquen estas condiciones generales, sólo será aplicable la legislación neerlandesa.
2. Los litigios entre el consumidor y el empresario sobre la celebración o ejecución de los contratos relativos a los productos y servicios que deben ser entregados o que han sido entregados por este empresario, pueden, con la debida observancia de las siguientes disposiciones,
tanto el Consumidor como el Empresario pueden someter un litigio a la Geschillencommissie Webshop, Postbus 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl).
3. Una disputa sólo será tratada por el Comité de Disputas si el Consumidor ha presentado primero su queja al Empresario dentro de un plazo razonable.
4. Dentro de los tres meses siguientes al surgimiento de la disputa, ésta deberá presentarse por escrito al Comité de Disputas.
5. Cuando el consumidor quiera someter una disputa a la Comisión de Disputas, el empresario está obligado a esta elección. Cuando así lo desee el empresario, el consumidor deberá, en el plazo de cinco semanas desde que el empresario se lo solicite por escrito, manifestar por escrito si así lo desea o si desea que el litigio sea resuelto por el tribunal competente. Si el empresario no escucha la elección del consumidor en el plazo de cinco semanas, el empresario tiene derecho a someter el litigio al tribunal competente.
6. La Comisión de lo Contencioso-Administrativo dicta sentencia en las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de lo Contencioso-Administrativo. Las decisiones de la Comisión de lo Contencioso-Administrativo se adoptan mediante un dictamen vinculante.
7. La Comisión de lo Contencioso-Administrativo no tramitará un litigio o interrumpirá su procedimiento si al comerciante se le ha concedido una suspensión de pagos, se ha declarado en quiebra o ha cesado efectivamente sus actividades comerciales antes de que la comisión haya tramitado un litigio en sesión y se haya dictado una resolución definitiva.
8. Si, además de la Geschillencommissie Webshop, es competente otra comisión de litigios reconocida por la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC) o el Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid), o afiliada a éstos, la Geschillencommissie Webshop tendrá competencia exclusiva para los litigios relativos principalmente al método de venta a distancia o a la prestación de servicios. Para todos los demás litigios, la otra comisión de litigios reconocida por el SGC o afiliada al Kifid.
Artículo 18 - Garantía de la sucursal
1. Webshop Keurmerk garantiza el cumplimiento del dictamen vinculante de la Comisión de litigios Webshop por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida someter el dictamen vinculante a revisión judicial en un plazo de dos meses tras su envío. Esta garantía se reaviva si el dictamen vinculante es confirmado tras su revisión por el tribunal y la sentencia de la que se desprende ha adquirido firmeza. Hasta un importe de 10.000,- euros por dictamen vinculante, este importe será abonado al consumidor por Webshop Keurmerk. Para importes superiores a 10.000,- euros por dictamen vinculante, se abonarán 10.000,- euros. Por el exceso, Webshop Keurmerk tiene la obligación de hacer todo lo posible para que el socio cumpla con el dictamen vinculante.
2. La aplicación de esta garantía requiere que el consumidor presente un recurso por escrito a Stichting Webshop Keurmerk y que transfiera la reclamación al empresario a Stichting Webshop Keurmerk. Si la reclamación al Empresario supera los 10.000,- euros, se ofrecerá al Consumidor transferir su reclamación en la medida en que supere la cantidad de 10.000,- euros a Stichting Webshop Keurmerk, quien en su propio nombre y costas reclamará judicialmente el pago de la misma para satisfacer al Consumidor.
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o diferentes
Las disposiciones adicionales y/o divergentes de las presentes Condiciones Generales no podrán ir en detrimento del Consumidor y deberán constar por escrito o registrarse de forma que el Consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos a largo plazo.